Cuadro resumen de extinciones de contratos de trabajo
Tipo de extinción | Cobro de finiquito | Cobro de indemnización | Cobro de prestación de desempleo |
Abandono o dimisión | Sí | No | No |
Fin de contrato temporal | Sí | Sí. 12 días de salario por año trabajado, si el contrato fue con una ETT.12 días de salario por año trabajado, para el resto de contratos temporales. | Sí, si cumple los requisitos. |
Incumplimiento de las obligaciones por parte del empresario | Sí | Sí, si el juez dicta sentencia a favor del trabajador. El proceso lo inicia el trabajador por incumplimientos graves del empresario (como no pagar salarios o hacerlo tarde).33 días de salario por año trabajado, máximo de 24 mensualidades. | Sí, si cumple los requisitos. |
Muerte, incapacidad permanente o jubilación del empresario individual. | Sí | Sí. 1 mes de salario. | Sí, si cumple los requisitos. |
Tipo de extinción | Cobro de finiquito | Cobro de indemnización | Cobro de prestación de desempleo |
Extinción de personalidad jurídica de la empresa o fuerza mayor definitiva | Sí | Sí. 20 días de salario por año trabajado, máximo 12 mensualidades. | Sí, si cumple los requisitos. |
Despido disciplinario(causas de despido) | Sí | No. | Sí, si cumple los requisitos. |
Despido por modificación sustancial de las condiciones de trabajo | Sí | Sí. 20 días de salario por año trabajado, máximo de 9 mensualidades. | Sí, si cumple los requisitos. |
Despido por causas objetivas(causas despido objetivo) | Sí | Sí. 20 días de salario por año trabajado, máximo 12 mensualidades.Debe haber un periodo de preaviso de 15 días. Durante el periodo de preaviso, el trabajador disfrutará de un permiso retribuido de 6 horas semanales(para buscar otro empleo) | Sí, si cumple los requisitos. |
Despido colectivo | Sí | Sí. 20 días de salario por año trabajado, máximo 12 mensualidades. | Sí, si cumple los requisitos. |
Traslado | Sí | Sí. 20 días de salario por año trabajado, máximo 12 mensualidades. | Sí, si cumple los requisitos. |
Despido improcedente | Sí | Sí. 33 días de salario por año trabajado, máximo 24 mensualidades. | Sí, si cumple los requisitos. |