3.1 Jornada de trabajo

La jornada de trabajo (número de horas que se trabajan al día), admite una distribución irregular, siempre que sean 40 horas semanales, de promedio, al año. Los únicos límites que se establecen son que entre cada jornada tiene que haber un descanso mínimo de 12 horas, y que el descanso mínimo semanal será de día y medio ininterrumpido (aunque este último se puede acumular en períodos de 14 días, sumando un total de 3 días ininterrumpidos, como mínimo).

RECUERDA que…

Se consideran días “naturales” todos los días de la semana y días “hábiles” sólo los días de lunes a viernes, excluidos festivos.

Presentación

Recuerda que el empresario puede imponer, de manera unilateral, hasta el 10% de la jornada de forma irregular.