Aunque el trabajo es una actividad tan antigua como el hombre, el Derecho Laboral surge, como una rama jurídica independiente, en el siglo XIX para dar respuesta a los problemas económicos y sociales derivados de la Revolución Industrial, y con el propósito de proteger a la parte más débil de la relación laboral: el trabajador. Desde ese momento, poco a poco, se van dictando leyes que tienen como objetivo dignificar las condiciones de trabajo.
No todos los trabajos realizados por las personas se consideran “relaciones laborales”. La relación laboral es la que se establece entre un trabajador y un empleador (empresario), de forma que el trabajador presta sus servicios profesionales (trabajo) al empresario, que dirige el trabajo y se queda con los resultados de ese trabajo. A cambio, el empresario le paga una cantidad económica (salario) al trabajador. La relación laboral, se caracteriza porque es:
voluntaria |
El trabajador firma un contrato libremente, sin ser obligado. |
por cuenta ajena |
Los resultados del trabajo son propiedad del empresario y no del trabajador. |
retribuida |
El trabajador recibe una compensación económica, independientemente de que a la empresa le vaya mejor o peor. |
personal |
El trabajador debe realizar su trabajo personalmente y no puede ser sustituido por otra persona. |
dependiente |
El trabajador está sometido a las órdenes del empresario, que tiene capacidad para sancionarle. |
RECUERDA que…
Sólo los trabajos por cuenta ajena y dependientes tienen la consideración de “relación laboral”.
¿Qué es el Derecho Laboral?