7.5 Sindicatos representativos

Los sindicatos son asociaciones, sin ánimo de lucro, de trabajadores que buscan la defensa de sus intereses.

Un sindicato es representativo, a nivel estatal, cuando al menos el 10 % de los representantes de los trabajadores de todo el Estado, pertenecen al mismo. Y es representativo a nivel autonómico, cuando al menos el 15 % o 1.500 (la mayor de ambas) de los representantes de los trabajadores de una Comunidad Autónoma, pertenecen a dicho sindicato.

Un sindicato tiene representatividad menor, cuando en el ámbito territorial y funcional específico, tiene al menos el 10 % de los representantes de los trabajadores de dicho ámbito. Por ejemplo, un sindicato tiene representatividad menor en la construcción en una Comunidad Autónoma, cuando tiene al menos el 10 % de los representantes de los trabajadores, en el ámbito de la construcción de esa Comunidad Autónoma.

Un sindicato representativo, a nivel estatal o autonómico, tiene derecho a:

  • Representar a los trabajadores frente a las Administraciones Públicas.

  • Participar en la negociación colectiva.

  • Participar en los sistemas no jurisdiccionales de solución de conflictos de trabajo (mediación, arbitraje, conciliación).

  • Recibir, en cesión, de las Administraciones Públicas, locales o edificios.

Cuando un sindicato tiene representatividad menor en un ámbito territorial y funcional específico, tiene derecho a participar en la negociación colectiva en ese ámbito territorial y funcional específico.

RECUERDA que…

Todas las sesiones de la comisión negociadora del Convenio Colectivo, deben estar presididas por el principio de buena fe, es decir, un comportamiento leal que busque acuerdos entre las dos partes: trabajadores y empresarios.