Cuando se trabajan 6 o más horas seguidas, existirá un descanso de al menos 15 minutos. Consulta en tu Convenio Colectivo cual es el descanso al que tienes derecho y si tienes que recuperar dicho descanso, es decir, trabajar luego ese tiempo, ya que con carácter general (salvo que el Convenio Colectivo diga lo contrario), el tiempo de descanso se considera tiempo no trabajado.
RECUERDA que…
El tiempo de trabajo se computa mientras el trabajador se encuentra en su puesto de trabajo, incluyendo el tiempo de trabajo efectivo, y de presencia, espera o disposición.