7.9 Huelga

La huelga legal es una causa de suspensión del contrato de trabajo. En este caso, el trabajador no trabaja y no cobra durante los días que está de huelga. Sin embargo, la huelga ilegal puede ser causa de despido disciplinario, sin derecho a indemnización. Vamos a diferenciar una de otra:

Tipo

Consideración

Huelga

legal

Una huelga es legal cuando cumple los siguientes requisitos:

– acuerdo de declaración de huelga, por uno o varios sindicatos representativos o con representatividad menor, o bien convocatoria de los representantes de los trabajadores, o bien acuerdo de al menos el 25 % de los propios trabajadores.

– comunicación por escrito de la convocatoria de huelga al empresario y a la Autoridad Laboral, con una antelación mínima de 5 días naturales (10 días si la huelga afecta a servicios públicos, como transporte, educación, sanidad, etc.).

– creación de un Comité de Huelga, formado como máximo por 12 trabajadores afectados por la huelga. Sus funciones serán las de negociar con el empresario, para intentar llegar a un acuerdo y garantizar los servicios mínimos.

Huelga

ilegal

Una huelga es ilegal cuando:

 

– es política o por fines ajenos a los intereses profesionales de los trabajadores en huelga.

– es por solidaridad o apoyo, salvo que afecten a intereses profesionales de quienes la convoca.

– intenta cambiar lo acordado en el Convenio Colectivo.

– es una “huelga rotatoria”, es decir, van parando departamentos de la empresa secuencialmente, pero no todos al mismo tiempo.

– es una “huelga de celo”, es decir, se pone como excusa el cumplimiento de las normas para retrasar o interrumpir el proceso productivo.

RECUERDA que…

En una “huelga legal” la empresa, además de no pagar la parte del salario correspondiente, no cotizará a la Seguridad Social por el trabajador durante los días no trabajados.

El empresario no puede sancionar ni sustituir a los trabajadores que están en huelga, ni tampoco descontar los días de huelga de las vacaciones.

Si me nombran como servicios mínimos, es obligatorio ir a trabajar durante la huelga. De no hacerlo, podrías sufrir un despido disciplinario.