Este es el conjunto de permisos retribuidos:
Causa |
Días de permiso |
Matrimonio
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15 días |
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario. Podrán beneficiarse de este permiso las personas que convivan con la persona trabajadora que requiere el cuidado en el mismo domicilio y también las parejas de hecho, así como a familiares consanguíneos de la pareja de hecho.
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5 días |
Traslado del domicilio habitual
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1 día |
Por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata | 4 días máximo al año |
Permiso por fallecimiento familiar hasta segundo grado.
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2 días |
Para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo
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Tiempo indispensable |
Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente
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Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo |
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Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada a la actividad de la empresa acumulables por un periodo de hasta cinco años. La concreción del disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario. |